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A continuación respondemos a algunas preguntas sobre por qué se ha revisado la Directiva de Máquinas, cuál es el estado actual de las negociaciones y qué cambios se producirán en su contenido.
Nota: Por lo tanto, este artículo técnico se actualiza continuamente. No se pierda ninguna actualización importante y regístrese ahora en nuestro newsletter gratuito, el CE-InfoService.Última actualización: 11/11/2024
Product note
Safexpert 9.1 - The CE software already supports the new Machinery Regulation (EU) 2023/123030
Since version 9.1, Safexpert has been providing you with targeted support when switching to the new Machinery Regulation (EU) 2023/1230. For machines with a long service life that are placed on the market from 20 January 2027, you can now use the CE guide in accordance with the new Machinery Regulation!
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El 18 de abril de 2023, el Parlamento Europeo aprobó por amplia mayoría el nuevo Reglamento de Máquinas (UE) 2023/1230, y el 22 de mayo el Consejo Europeo también dio su aprobación definitiva. El 14 de junio de 2023, los presidentes del Consejo y del Parlamento de la UE firmaron el reglamento, cuya publicación definitiva en el Diario Oficial de la UE tuvo lugar el 29 de junio de 2023. Muchos observadores esperaban que se introdujera un período transitorio, pero la publicación definitiva deja claro que no será así.
El Reglamento de Máquinas (UE) 2023/1230 establece una fecha límite, es decir, que hasta el 20 de enero de 2027 se aplicará la Directiva de Máquinas 2006/42/CE vigente y, a partir de entonces, el nuevo Reglamento de Máquinas. De este modo, los fabricantes tienen tiempo para prepararse para los nuevos requisitos, pero deben cumplirlos en la fecha límite.
Los negociadores han acordado que el nuevo reglamento se aplicará 42 meses después de su entrada en vigor (por lo general, 20 días después de su publicación en el Diario Oficial de la UE). Esto significa que los nuevos requisitos se aplicarán a partir del 20 de enero de 2027. Sin embargo, las empresas deben ocuparse de los nuevos requisitos antes de la fecha límite, ya que a partir de esa fecha la declaración de conformidad, la documentación técnica, etc. deberán haberse elaborado de acuerdo con el nuevo reglamento.
Algunas secciones del nuevo reglamento deben aplicarse antes del 20 de enero de 2027. Esto afecta principalmente a los Estados miembros y a la Comisión Europea:
De hecho, se trata de una normativa (binaria) con fecha límite. Lo relevante es la fecha de introducción en el mercado. Es decir, si los fabricantes trabajan en un proyecto complejo que no se comercializará hasta después del 20 de enero de 2027, deben aplicar ya el nuevo MVO; en todos los demás casos, deben aplicar la Directiva de Máquinas. En otras palabras: todas las máquinas que se entreguen antes del 20 de enero de 2027 recibirán una declaración de conformidad según la Directiva de máquinas, y todos los productos posteriores recibirán una declaración de conformidad según el Reglamento de máquinas.
Por supuesto, los fabricantes ya pueden cumplir requisitos adicionales (por ejemplo, en materia de seguridad). No está prevista una combinación de requisitos formales (como los procedimientos de evaluación de la conformidad).
Seminar tip
Changeover to the new Machinery Regulation
In our webinar "Changeover to the new Machinery Regulation", we will provide you with compact information on the relevant changes to the new Machinery Regulation.
to the seminar
Tenga en cuenta que las siguientes explicaciones solo son un resumen de algunos de los cambios en el contenido. Enumerar todos los cambios en detalle excedería el alcance de un artículo técnico.
Actualmente, la seguridad de las máquinas en Europa se regula mediante la Directiva 2006/42/CE (Directiva de Máquinas). Al establecer los requisitos europeos en forma de directiva, los Estados miembros disponían de mayor flexibilidad a la hora de cumplir los objetivos de la misma. Sin embargo, esto también dio lugar a interpretaciones diferentes y, por lo tanto, en algunos casos a incertidumbres jurídicas para los usuarios de la directiva, como por ejemplo los fabricantes. Por ejemplo, cuando estos exportaban sus máquinas o instalaciones a diferentes países de la UE y las autoridades locales interpretaban algunos detalles de forma ligeramente diferente.
Con el objetivo de reducir la carga administrativa, la directiva ha sido sustituida por un reglamento. Este debe aplicarse directamente en todos los Estados miembros. Esto significa que se reducirán considerablemente las diferentes interpretaciones nacionales, lo que mejorará la claridad jurídica. Además, también se reducirá la carga administrativa para los agentes económicos, como los fabricantes.
Desde la versión Safexpert 9.1(publicada en abril de 2024), el software CE dispone de una nueva guía CE según el Reglamento de Máquinas (UE) 2023/1230. Esta guía se basa en la estructura probada de las guías CE ya existentes y, al igual que estas, guía a los usuarios de forma cómoda y fiable a través de todos los pasos necesarios para la declaración de conformidad.
De este modo, los clientes ya pueden crear y editar proyectos para máquinas que se comercialicen a partir del 20 de enero de 2027.
Actualmente, hay más de 800 normas armonizadas según la Directiva de máquinas 2006/42/CE en el Diario Oficial de la UE. Sin embargo, dado que el nuevo Reglamento sobre máquinas establece requisitos de seguridad y salud modificados o nuevos (EHSR, por sus siglas en inglés), todos los documentos deben revisarse y, si es necesario, adaptarse a los nuevos requisitos.
Según la situación actual, la Comisión Europea certificará también la presunción de conformidad con el Reglamento de Máquinas para todas las normas que figuran actualmente en el Diario Oficial de la UE en virtud de la Directiva de Máquinas, siempre que cubran los mismos requisitos. En cuanto a los nuevos requisitos añadidos en el marco del Reglamento de Máquinas, los comités técnicos del CEN/CENELEC deben determinar, en el marco de una revisión, en qué medida es necesario adaptar las distintas normas. El objetivo es que, a finales de 2026 (poco antes de la fecha límite del 20 de enero de 2027), se disponga de una decisión de ejecución con una lista completa de las normas armonizadas según el Reglamento de Máquinas.
En 2024, las organizaciones europeas de normalización aprobarán el mandato de normalización de la Comisión Europea. Este incluye la elaboración de normas armonizadas específicas para los nuevos requisitos del MVO, como la inteligencia artificial y la ciberresiliencia. Las nuevas publicaciones de normas europeas, que (todavía) deben cubrir los requisitos de ambos reglamentos, incluirán, además del actual anexo ZA (referencia a una norma europea relativa a los EHSR que deben cubrirse de la directiva 2006/42/CE), un anexo ZB para el Reglamento de Máquinas (UE) 2023/1230.
¿Cuándo habrá una guía para la aplicación del Reglamento de Máquinas?
De forma análoga a la guía anterior para la aplicación de la Directiva de Máquinas, la Comisión Europea tiene previsto publicar un documento complementario para la interpretación uniforme del Reglamento de Máquinas.
Ya se está elaborando una futura guía para la aplicación del Reglamento de Máquinas. El 28 de enero de 2025 se celebró la primera reunión del grupo de redacción responsable y la próxima reunión está prevista para el 4 de abril de 2025.
Por el momento se desconocen los contenidos concretos, y no se espera que la publicación definitiva se produzca antes de 2026.
El 29 de junio de 2023 se publicó el nuevo reglamento en el Diario Oficial de la Unión Europea. Puede consultar la versión en alemán de la normativa en el siguiente enlace:
Reglamento (UE) 2023/1230 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2023, relativo a las máquinas
Nota al pie:1 Véase la corrección de errores del Reglamento (UE) 2023/1230, de 4 de julio de 2023.
Publicado el: 04/04/2025 (última modificación)
Johannes Windeler-Frick, MSc ETH Director general de IBF Solutions. Asesor técnico en materia de marcado CE y Safexpert. Conferencias, podcasts y publicaciones sobre diversos temas relacionados con el marcado CE, en particular la organización y la gestión eficiente del marcado CE. Dirección del desarrollo del sistema de software Safexpert. Estudios de Ingeniería Eléctrica en la ETH de Zúrich (MSc) con especialización en Tecnología Energética y profundización en el ámbito de las máquinas herramienta.
Correo electrónico: johannes.windeler-frick@ibf-solutions.com | www.ibf-solutions.com/es
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